derecho marcario

La responsabilidad derivada de la infracción del derecho de marca

El concepto legal de marca viene referido en el art. 4.1 de nuestra Ley de Marcas: “Se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de las de otras”.


Suscribirse a RSS - derecho marcario